Nueva ley de autónomos 2017

Dic 13, 2017

Ley de autónomos

Llevamos tiempo recibiendo consultas sobre las novedosas medidas de la nueva Ley de Autónomos de 24 de octubre. Pues bien, como ya están a punto de entrar en vigor algunas de las novedades más esperadas, he aquí dos de las medidas que más nos afectan a las mujeres emprendedoras.

Tarifa plana de 50 € para nuevos profesionales del trabajo autónomo

A partir de enero de 2018, se suavizan los criterios para acceder a la tarifa plana y se amplía la duración de la misma. Quienes no hayan estado de alta en el régimen de autónomos durante los últimos 2 años, tendrán derecho a una tarifa plana de 50 € por contingencias comunes durante 12 meses. Esto siempre y cuando elijan la base mínima. En caso de que elijan otra base, tendrán derecho a una reducción del 80% en la cuota por contingencias comunes. El segundo año tu recibo irá aumentando progresivamente hasta el mes 25, en el que ya pagarás la cuota completa.

Todo esto quiere decir que, si estás pensando en darte de alta en el régimen de autónomos y puedes esperar a enero (ya casi estamos), podrás pagar un recibo de autónomos de 50 € durante el primer año, siempre y cuando no hayas estado dado de alta en los 2 años inmediatamente anteriores. Si estuviste de alta hace tiempo y disfrutaste ya de algún incentivo en tus recibos de autónomos, deberán haber pasado 3 años para poder acogerte a esta ayuda.

Por desgracia, y a pesar de numerosas sentencias de los tribunales, siguen sin poder acogerse las personas autónomas societarias. En cambio, para quienes pertenecen a sociedades laborales y cooperativas sí aplica esta medida. Para tener en cuenta si estás pensando en la forma jurídica de tu empresa.

Bonificación de cuotas con la nueva ley de autónomos

Me refiero a la bonificación de cuotas durante el descanso por maternidad, paternidad, adopción, guarda con fines de adopción, acogimiento, riesgo durante el embarazo o riesgo durante la lactancia. Sí, como lo lees. Y seguro que muchas lo habéis sufrido. Hasta ahora había que pagarse el recibo, aunque no estuvieses trabajando por alguno de estos motivos. No generabas facturas y encima tenías que pagar el correspondiente recibo, un sin sentido. Pues bien, al fin llega una de las medidas más esperadas.

Te bonifican al 100% la cuota resultante de la base promedio de los últimos 12 meses. Eso sí, ha cambiado la manera de calcular el subsidio de maternidad y ahora, en vez de tener en cuenta la base del mes anterior a la baja, tienen en cuenta el promedio de las bases de los últimos 6 meses.

¿Y por qué han cambiado este criterio? Porque saben que muchas mujeres nos subíamos la base de cotización los meses previos a la maternidad para que la prestación que nos diese la Seguridad Social fuera un poquito mejor. Al menos, es cierto que ya no tendremos que preocuparnos del pago del recibo durante esos meses.

Autora: Marian Eguskiza